Nota concejal César Omar Pérez: Las publicaciones en redes sociales pueden generar consecuencias legales cuando afectan el buen nombre, el honor o la dignidad de una persona. En este sentido, el Código Civil y Comercial contempla herramientas para actuar de manera preventiva y reclamar frente a un daño.

Según explicó el profesional entrevistado, una persona que considere que una publicación perjudica su honor puede recurrir a la Justicia y solicitar una medida cautelar para que se retire el contenido mientras se analiza el caso.
También señaló que las plataformas digitales cuentan con representación legal en Argentina, lo que permite que, mediante una orden judicial, se solicite el retiro de determinadas publicaciones e incluso el bloqueo de la dirección IP desde la cual se habría originado el contenido cuestionado.
En este contexto, planteó una diferencia entre el derecho a expresarse y aquellas publicaciones que pueden provocar un perjuicio concreto a otra persona. La libertad de expresión, explicó, no debería confundirse con la posibilidad de afectar la dignidad o el honor de terceros.
Otro aspecto fundamental es la preservación de la prueba. Ante una publicación que pueda constituir una injuria o generar un daño, recomendó guardar una copia del contenido y, si es posible, certificarla mediante un escribano. De esta manera, se conserva evidencia que eventualmente podrá ser presentada ante la Justicia.
El especialista también hizo referencia al artículo 1711 del Código Civil y Comercial, que contempla la acción preventiva cuando existe una conducta u omisión antijurídica que permite prever la producción, continuidad o agravamiento de un daño.
Incluso cuando una persona utiliza un perfil falso para realizar publicaciones, explicó que existen mecanismos técnicos y judiciales que pueden permitir rastrear el origen de una cuenta. Las conexiones a internet dejan registros asociados a direcciones IP, que pueden convertirse en un elemento de investigación cuando existe una orden judicial.
Sin embargo, marcó una dificultad que considera importante: el acceso a la Justicia. Según señaló, quienes no cuentan con recursos económicos pueden encontrar mayores obstáculos para iniciar este tipo de acciones, especialmente cuando necesitan contratar representación legal.
Finalmente, aclaró que su participación en medios de comunicación se limita a brindar información general sobre los derechos y las herramientas legales disponibles. Explicó que realizar un asesoramiento jurídico concreto a través de la radio puede entrar en conflicto con las normas profesionales que regulan el ejercicio de la abogacía.

